Decreto 457 DE 2020

El Gobierno dio a conocer el Decreto 457, que ordena el aislamiento preventivo obligatorio para todos los habitantes de Colombia, entre las 00:00 a. m. del 25 de marzo y hasta la 00:00 a. m. del 13 de abril del 2020. Algunas de las exclusiones que harán posible el derecho a circular libremente por las calles del país se refieren a actividades como servicios de salud; para adquisición de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales. Pero también podrán salir las personas dedicadas a la asistencia y cuidado de niños, adolescentes y mayores de 70 años; cuidadores de personas con discapacidad y de enfermos con tratamientos especiales. Los contratistas y servidores del Estado que tengan actividades estrictamente necesarias para atender la emergencia sanitaria también podrán circular; igualmente, los  servicios domiciliarios para entregar productos gastronómicos y abastecer de alimentos a los ciudadanos; también, el personal necesario para el pago de salarios, honorarios, pensiones, entre otras prestaciones económicas.

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Fuente: LEGIS