La Resolución 34 del 22 de mayo de 2019, que establece el procedimiento para realizar la notificación del informe país por país, señala lo siguiente para los
no obligados a presentar declaración informativa de precios de transferencia:
“Parágrafo 2. Aquellas sociedades que no estén obligados a presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, deberán cumplir con la notificación a la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, utilizando el formato establecido para tal fin, el cual se encuentra en el siguiente enlace https://www.dian.gov.co/Paginas/Informe-pais-por-pais.aspx. Una vez diligenciado este formato, se deberá remitir vía correo electrónico al buzón preciostransferencia@dian.gov.co, identificando el asunto como: “Notificación - Informe País por País” en las mismas fechas establecidas en el artículo 1.6.1.13.2.28 del Decreto 1625 del 2016 Único Reglamentario en materia tributaria, modificado por el artículo 1 del Decreto 2442 del 27 de diciembre de 2018 para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia.”