Sistema General de Pensiones

Sistema General de Pensiones

De acuerdo con lo señalado en el Decreto 376 del 9 de abril de 2021, los empleadores del sector privado y los trabajadores dependientes e independientes que hicieron uso del pago parcial a la cotización al Sistema General de Pensiones dispuesto por el Decreto 558 de 2020, podrán deducir en el impuesto sobre la renta del año gravable 2020 los salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social y aportes parafiscales que hayan sido efectivamente pagados.
 
Las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos correspondientes a abril y mayo de 2020 (exoneradas por el Decreto 558 de 2020), podrá ser deducidas del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable en que se efectúe dicho pago.

Conozca el documento aquí:
Decreto 376 del 9 de abril de 2021