Con la expedición del Decreto 1778, del 20 de diciembre, el Gobierno determinó los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el 2022.
A continuación, se pueden encontrar un breve recuento de los plazos de mayor interés entre las personas naturales y jurídicas establecidos en el decreto.
- Impuesto sobre la renta y complementarios para calificadas como grandes contribuyentes.
Este tipo de contribuyentes deberán presentar la declaración del impuesto de renta y complementarios del año gravable 2021 y pagar el valor del impuesto en tres cuotas, teniendo en cuenta para los vencimientos el último dígito del NIT:
- Pago primera cuota: entre el 8 y el 21 de febrero del 2022.
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